Declaración de pilas y acumuladores

La primera declaración de pilas y acumuladores deberá realizarse en el primer trimestre del año posterior de haber puesto en el mercado las pilas y acumuladores que corresponderá al último trimestre del año anterior.

De Forma General tienen que informar antes del 1 de abril de cada año a las autoridades competentes en materia de residuos de las comunidades autónomas, donde estén implantados, un informe anual sobre sus actividades que contenga los siguientes datos:

  • Actividades de gestión realizadas, y medios utilizados, durante el año natural precedente a dicha fecha.
  • Cantidades por tipos, en peso y unidades, de las pilas, acumuladores y baterías que los productores hayan puesto por primera vez en el mercado durante cada uno de los tres años naturales precedentes.
  • Cantidades por tipos, en peso y unidades, de pilas, acumuladores y baterías exportadas o transferidas por los productores a otros países durante cada uno de los tres años naturales precedentes.
  • Cantidades en peso de los residuos de pilas y acumuladores recogidos y gestionados por el sistema durante el año natural precedente.
  • Índices de recogida alcanzados y cualquier otra circunstancia necesaria para comprobar el grado de cumplimiento con lo establecido en este real decreto y en los planes nacionales, autonómicos y locales sobre residuos de pilas y acumuladores que se encuentren en vigor.
  • Si aplica, contribución a los sistemas públicos de gestión por los que hayan optado los productores, señalando las operaciones cubiertas por el sistema público.
  • Justificación de la determinación del volumen de ventas de estos productos, cuyo cálculo se realizará por años naturales, y se expresará como el peso de las pilas, acumuladores y baterías puestos en el mercado en territorio español en el año de que se trate, excluyendo a todas las pilas, acumuladores y baterías que salgan del territorio español ese mismo año antes de ser vendidos a los usuarios finales.
  • Informes de las auditorias anuales realizados por una entidad independiente.