Un productor es cualquier persona física o jurídica, que con independencia de la técnica de venta utilizada, ponga en el mercado las pilas o acumuladores, incluidos aquellos incorporados en los aparatos eléctricos o electrónicos y en vehículos, en el marco de una actividad profesional.
Los siguientes productores están obligados a hacerse cargo de la recogida y la gestión de los residuos que generan sus productos:
- Fabricante: Fabrica en España (salvo que fabrique para terceros con la marca de otra empresa, en cuyo caso este segundo puede, por acuerdo entre las partes, asumir la condición de productor).
- Vendedor de marca blanca: marca propia o marca de distribución puede asumir la condición de productor de las pilas y/o acumuladores que venda, aunque sean fabricados en España por otra empresa a su nombre.
- Importador: importa pilas y/o acumuladores desde un Estado miembro de la Unión Europea o desde un tercer país para su venta en España.
- Distribuidor: si importa alguno de las pilas y/o acumuladores que comercializa, pasa a ser un productor (importador) en relación a esas pilas y/o acumuladores. Si la totalidad de las pilas y/o acumuladores que comercializa los ha adquirido de fabricantes o importadores que ya son productores en España, el distribuidor no es un productor.
- Vendedor a distancia: si está establecido fuera de España y vende pilas y/o acumuladores por medios de comunicación a distancia directamente a hogares particulares o a usuarios profesionales en España, es productor. (Nota: también lo es si está establecido en España y entra en alguno de los supuestos anteriores. En lo que sigue se consideraría que es productor por entrar en dichos supuestos. Por ejemplo, si importa pilas y/o acumuladores para venderlos a distancia por internet, sería importador).
En todos estos casos el productor ha de registrarse y declarar su condición de productor. Una de las formas previstas en la Ley es mediante los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor.
Fabricante / Importador:
- Con sede social en España: Deberá registrarse y declarar su condición de productor.
- Sin sede social en España: Para poder registrarse y declarar su condición de productor, es necesario que disponga de un representante legal en España. Si no dispusiera del mismo, deberá nombrarlo y una vez que esté legalmente reconocido, registrarse y declarar su condición como productor.
Distribuidor:
No está obligado a inscribirse en el Registro a menos que asuman la condición de productor de pilas o acumuladores conforme al Real Decreto 106/2008.
Están afectados por la normativa, tanto los productores de pilas y acumuladores que se comercializan por separado, como los de las pilas y acumuladores incorporados en vehículos y en aparatos eléctricos y electrónicos.
Artículo 3 bis del RD 710/2015, de 24 de julio, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
Inscripción de autorizaciones y comunicaciones en el Registro de producción y gestión de residuos.
Las autorizaciones y comunicaciones previstas en este real decreto, se inscribirán en el Registro de producción y gestión de residuos recogido en el artículo 39 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, por la autoridad competente de la comunidad autónoma que las otorgue.